Un accidente automovilístico en enero de 2010 dejó al asegurado con secuelas que le impidieron continuar su actividad. Tras acudir a CONDUSEF, presentó en enero de 2013 una solicitud de valoración y pago en una sucursal de Banamex. Seguros Banamex opuso prescripción: sostuvo que el banco y la aseguradora eran sociedades distintas y que el escrito debía llegar directamente a su domicilio. El asunto avanzó por apelación y amparo hasta una sentencia que examinó tanto el plazo como la cobertura.
El Principio Pro Persona Rescató una Póliza de Invalidez Total frente a la Excepción de Prescripción
La solicitud entregada en una sucursal de Banamex interrumpió el plazo; la sentencia de apelación también examinó la invalidez y ordenó la cobertura
La sucursal como canal del seguro
El banco ofrecía el producto, atendía a los clientes y recibía documentación destinada a la aseguradora. Una constancia de la sucursal describió el envío interno de la solicitud. A la luz de esa relación comercial y del principio pro persona, el tribunal no aceptó que la separación formal entre sociedades privara de efectos al reclamo. La entrega del 17 de enero de 2013 interrumpió el plazo de prescripción.
El tribunal también estudió la invalidez
El expediente no se detuvo en la excepción procesal. La sentencia de apelación examinó las periciales y la cobertura contratada y tuvo por acreditada una invalidez total y permanente derivada del accidente. Rechazó aplicar al asegurado las exclusiones planteadas por la compañía en esas circunstancias.
Una condena cuyo monto está reservado
El Segundo Tribunal Unitario revocó la sentencia que había absuelto a la aseguradora y ordenó pagar la cobertura de invalidez total y permanente, así como intereses moratorios. La versión pública sustituye por asteriscos la cifra de la suma asegurada; por ello no publicamos un monto. La resolución judicial no demuestra un pago posterior.
Ellos asumieron la defensa con una maestría increíble: llevaron el asunto a amparo directo y demostraron ante el Tribunal Colegiado que la sucursal bancaria funcionaba como intermediario y agente de seguros, logrando que el Juez aplicara el principio pro persona para declarar que mi reclamo sí interrumpió el tiempo de prescripción.
La sentencia
El 24 de julio de 2017, el Segundo Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa del Primer Circuito, en cumplimiento de amparo, revocó la absolución anterior. Declaró procedente la acción y condenó a la aseguradora al pago de la cobertura de invalidez total y permanente a causa de accidente y a los intereses moratorios correspondientes.
La suma aparece testada en la versión pública. El fallo establece la condena, no el cobro efectivo.