Caso · Seguro de vida

La letra impresa no tiene la última palabra

Un seguro de vida, un cuestionario en pantalla y la buena fe de un asegurado

Por Miguel Peregrina
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En enero de 2013, un padre de familia contrató un seguro de vida en una sucursal de BBVA Bancomer. La cobertura por fallecimiento era de $330,750 y $30,000 para gastos funerarios. En el cuestionario médico le tocaba declarar sus enfermedades: tenía diabetes tipo 2 e insuficiencia renal crónica, y se lo dijo de viva voz a la ejecutiva que capturaba sus datos. Dos años después murió, y la aseguradora rechazó el pago a sus hijas alegando que él había ocultado esos padecimientos.

Expediente
Materia
Derecho de seguros
Contraparte
Seguros BBVA Bancomer
Juzgado
Cuadragésimo Cuarto de lo Civil de Proceso Oral, CDMX
Resolución
3 ago 2021 · Sentencia favorable

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Una declaración que hizo otra persona

Un testigo presencial contó en el juicio cómo ocurrió la contratación. Cuando el hombre mencionó sus enfermedades, la ejecutiva le indicó dónde firmar y le dijo que ella se encargaría de capturar la información en el sistema del banco. Él firmó la última hoja del formato y se fue a casa convencido de haber dejado protegidas a sus hijas.

En marzo de 2015 murió por un infarto cerebral derivado de sus complicaciones. Sus dos hijas iniciaron el trámite y entregaron los papeles. A finales de diciembre llegó la respuesta: reclamo improcedente y contrato rescindido. Según BBVA, el asegurado había mentido en el cuestionario y, con base en el artículo 78 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, la empresa no pagaría.


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La pregunta no era si estaba enfermo

Las hijas llevaron el caso a juicio oral mercantil. La discusión no giró en torno a la enfermedad, porque las dos partes aceptaban que el señor la tenía. Giró en torno a otra cosa: si de verdad hubo una omisión hecha para engañar.

En el Juzgado Cuadragésimo Cuarto de lo Civil de Proceso Oral, el juez midió el caso con el artículo 8 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, que obliga al solicitante a declarar por escrito los hechos importantes para valorar el riesgo. Cuando BBVA presentó sus pruebas, solo exhibió una impresión del formato llenado en computadora, con la firma del cliente únicamente en la última página. No mostró un cuestionario manuscrito ni un documento donde el asegurado hubiera firmado cada declaración médica por separado.


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Lo que un formato impreso no sustituye

Con el testimonio del testigo y la debilidad de esas pruebas, el juez concluyó que el banco no había demostrado dolo. Al contrario: quedó claro que el hombre dijo sus enfermedades en voz alta y que el error de captura fue del personal de la empresa. Un formato impreso por computadora no equivale a la declaración escrita y firmada que la ley pide en cada apartado. El sistema de la aseguradora no podía valer como verdad absoluta frente al contratante.


El sistema del banco decía una cosa y el testigo decía otra. La ley pide una declaración firmada por el asegurado, no una pantalla que llenó un empleado.

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La sentencia

El 3 de agosto de 2021, el juez falló a favor de las hijas. Condenó a Seguros BBVA Bancomer a pagar la suma por fallecimiento y los gastos funerarios, denominados en Unidades de Inversión, más los intereses moratorios por el retraso.

La resolución dejó una línea clara: los sistemas automatizados de una institución financiera no están por encima de un contrato hecho de buena fe, ni de los derechos de quien confió en él.

Fundamento del fallo
Art. 8 LSCSLa declaración debe ser por escrito
Art. 78 LSCSLa rescisión alegada, desestimada
Sin dolo probadoEl error de captura fue del banco
UDIS + interésPago indexado, con mora

Ganamos y punto.

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