Actualizado:
15.5.24

Negligencia médica. acción legal.

Cuando los médicos realizan una mala praxis, por los daños que cometen son responsables y están obligados a resarcir el mismo.

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Hoy en día ocurre por parte de muchos médicos mala praxis en el ejercicio de su profesión y ello provoca que sus pacientes se vean dañados en su integridad física y emocional.

Estos daños pueden ir desde lesiones hasta la muerte y tanto el paciente como los familiares de este, cuando se actualiza el caso de una negligencia buscan una reparación para ellos o un castigo para él o los médicos que se condujeron indebidamente.

Y es en este punto que surgen las dudas, ¿Qué hacer?

Sobre esta interrogante es importante mencionar que existen tres vías que se pueden tomar y que se aplican de acuerdo con cada caso en concreto.

1.- El procedimiento penal. Tiene por objeto imponer penas al personal médico que actúe delictuosamente.

Es decir, la negligencia médica puede dar lugar a la configuración de diversos delitos, dependiendo de las circunstancias del caso en concreto en los que pueden incurrir los médicos como son: responsabilidad profesional, lesiones y homicidio.

Para ello es necesario que se presente la denuncia ante el Ministerio Público a efecto de que se realice la investigación correspondiente y consiguiendo los elementos necesarios para acreditar alguno de los delitos señalados, se consigne la carpeta de investigación al Juez Penal que resolverá y dictara una sentencia condenatoria.

2.- El procedimiento civil. Este tiene por objeto que el médico en lo particular y/o una sociedad privada que preste servicios médicos indemnicen a la víctima del daño. Esta indemnización consiste en regresar las cosas al estado que tenían antes del daño o en su caso pagar una suma de dinero equivalente al mismo.

Ese daño en esta rama del derecho es conocido como responsabilidad civil y además de esta acción se puede demandar el daño moral que sufre el paciente o la familia por la negligencia del médico.

Por lo que, a diferencia del proceso penal, aquí se debe presentar una demanda ante el Tribunal Superior de Justicia de la entidad donde ocurrió el daño y durante el juicio acreditar mediante pruebas la existencia de la responsabilidad civil y daño moral, para que el Juez dicte una sentencia que obligue al médico a dejar las cosas como se encontraban antes de su negligencia (De ser posible) o entregar una suma de dinero equivalente al daño.

3.- El procedimiento administrativo. La vía administrativa es la única mediante la cual puede demandarse directamente del Estado la reparación del daño por el actuar irregular de su personal.

Ese actuar consiste en que el Estado debe responder de manera -objetiva y directa- por los daños que con su negligente actuar cause a los bienes y derechos de los particulares, acción de la que deberá conocer el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, al debatirse a través de ella la probable responsabilidad de un ente público federal (IMSS, ISSSTE, etc.) a través del negligente actuar de uno de sus servidores públicos.

Competencia que surgió a partir de la entrada en vigor de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado (01 de enero de 2005).

Y por la cual a la fecha los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, han sostenido que en la vía civil no es posible demandar a ninguna entidad o dependencia pública federal (ISSSTE, IMSS, etc.), ya que para este fin existe el procedimiento administrativo regulado en la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.

Por lo anterior, Victoriem Abogados Especialistas, S.C., es un despacho de abogados especialistas en derecho civil que le ayuda a demandar la responsabilidad civil en que incurrió el médico por su mala praxis.

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