Se conoce como prescripción a la pérdida del derecho a cobrar una indemnización por haber transcurrido el tiempo determinado por ley. Ese tiempo es de dos años en la mayoría de las clases de seguro, salvo el de vida, que es de cinco años, por lo que al haber transcurrido ese lapso simplemente se pierde el derecho para exigir el pago de los daños sufridos.
Así, ocurre que la mayoría de las personas que han sufrido un siniestro y al presentar su reclamación a la aseguradora, reciben un rechazo de pago por lo cual lo dan por perdido sin intentar acción alguna.
Empero, ya sea porque la desidia termina, porque existe un apuro económico o porque más adelante se enteran de que podían demandar, consultan a cualquier abogado para exigir su indemnización y estos, con tal de obtener un ingreso, pensando que se trata de exigir el pago de un simple contrato, inician su juicio mercantil.
Por lo que ahí comienza la frustración y desconfianza para obtener justicia de muchas personas, ya que a pesar de cubrir gastos de abogados, de juicio y peritos, al final resulta que se perdió su asunto porque los abogados nunca se enteraron de que el contrato de seguro se regula por leyes especiales y no las generales para los demás tipos de contratos, creyendo que la prescripción operaba a los diez años.
En efecto, el contrato de seguro ha exigido un estudio doctrinal desde hace muchos años y ha sido objeto de estudio de abogados de diversos países, por lo cual, no es un simple contrato y su ejercicio obliga al profesional a conocer las leyes que lo regulan en todos sus campos, siendo así que la interrupción de la prescripción se hace a través de la reclamación a la Unidad Especializada de la Aseguradora, la CONDUSEF, la rendición de dictámenes de peritos, interpelación judicial, reconocimiento expreso de la obligación u otras causas, que solo los abogados especializados en esta área conocemos y hemos creado como estrategia para ganar un juicio.
Ante lo cual, a pesar de que haya transcurrido más de dos años y declarada prescrita la obligación de pago por la aseguradora, en juicio se puede probar que la misma fue interrumpida y que se obligue a pagar a la misma la indemnización correspondiente.