Actualizado:
15.5.24

La obligación del vendedor de reparar los productos o bienes que tienen fallas

Al comprar un producto no solo está la opción de regresarlo o pedir una disminución del precio, sino que lo reparen en su totalidad

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Las personas nos entusiasmamos siempre al comprar algo y esperamos poder recuperar en su uso el costo económico que se pagó por el bien. Así cuando compramos una casa queremos que funcione el servicio de agua, luz, gas, que al llover nos proteja de mojarnos, que nos permita vivir cómodamente.

Y no solo al comprar una casa, sino también otro objeto, como una televisión, una bocina, un coche, queremos poder sintonizar un partido de fútbol, escuchar la música de moda y que nos podamos trasladar de un lugar a otro cómodamente.

Pero los objetos pueden venir con una falla que en determinado momento impedirá que se use con normalidad o simplemente deja de funcionar. A esa situación irregular la ley la denomina vicio oculto y establece una acción para arreglarla que se llama saneamiento.

La acción de saneamiento por vicios ocultos permite establecer que en los contratos como en la compraventa, el enajenante está obligado al saneamiento por los defectos ocultos de la cosa enajenada en dos supuestos: 1. Cuando esos defectos la hagan impropia para los usos a que se le destina; y, 2. Cuando los defectos disminuyan de tal modo el uso, que de haberlo conocido el adquirente no hubiera hecho la adquisición o habría dado menor precio por la cosa.

Ahora bien, la aparición de vicios ocultos en el bien enajenado faculta al adquirente para ejercer, alternativamente, alguna de las siguientes acciones: 1. La rescisión del contrato y el pago de los gastos erogados por el adquirente con motivo de su celebración; 2. La reducción del precio en una cantidad proporcional a los vicios, a juicio de peritos; y, 3. La potestad de exigir a su enajenante la reparación de los defectos ocultos de la cosa enajenada, a efecto de procurar su uso.

Entonces, es esta última acción de saneamiento de que el enajenante responda por el costo de la reparación de los defectos ocultos la cual le interesa a muchas personas, pues si bien pueden obtener que se devuelva la cosa y el dinero, que se regrese un porcentaje de dinero, el interés para muchos es conservar el bien y que los gastos que se generen por su reparación, que luego no es fácilmente calculable, lo cubra el vendedor.

Por lo anterior, Punto Fino Abogados, S.C., es un despacho de abogados especialistas en derecho civil que lo ayuda a exigir a su vendedor que responda de los vicios ocultos que sufre el bien que le compró.

Ganamos y punto.