¿Cuánto tiempo tiene una aseguradora para pagar un siniestro en México?
El artículo 71 de la Ley sobre el Contrato de Seguro fija el vencimiento del crédito 30 días después de que la aseguradora recibe los documentos e información que le permiten conocer el fundamento de tu reclamación. Conserva los acuses: la fecha del siniestro o de una llamada no basta por sí sola para iniciar ese cómputo.
La regla del artículo 71 de la Ley sobre el Contrato de Seguro es que el crédito vence 30 días después de que la aseguradora recibe los documentos e información que le permiten conocer el fundamento de la reclamación. Para revisar si ya debe pagar, necesitas identificar qué recibió y en qué fecha.
Desde cuándo se cuentan los 30 días
Reportar el siniestro y entregar lo necesario para sustentar el reclamo son pasos distintos. La fecha del choque, del fallecimiento o de la primera llamada no basta, por sí sola, para fijar el vencimiento. Revisa la póliza, la cobertura que reclamas y los documentos que recibió la compañía: por ejemplo, el reporte del accidente, la prueba del daño o los documentos del beneficiario, según el seguro.
La aseguradora tampoco puede condicionar la exigibilidad a que ella misma reconozca el reclamo o a que primero se compruebe en juicio. El segundo párrafo del artículo 71 declara nula una cláusula con ese contenido. El plazo no significa que todo siniestro deba pagarse sin revisar la cobertura; significa que, si la obligación procede, la compañía debe cumplir dentro del plazo legal.
Cómo acreditar que entregaste los documentos
Guarda una copia de lo que presentaste y una constancia de recepción. El acuse debe permitir reconstruir la fecha, el destinatario, el número de siniestro y los documentos entregados. Un folio que solo confirma la apertura del reporte puede no mostrar qué información recibió la aseguradora.
- Si entregas en oficina, pide un acuse fechado y conserva la relación de anexos.
- Si usas correo o un portal, guarda el envío con sus archivos, la confirmación de recepción y los comprobantes de carga. Conserva los mensajes originales, además de las capturas.
- Si entregas al agente, al ajustador o al taller, documenta ese canal y verifica cómo llega la información a la aseguradora. No des por hecho que la entrega a cualquier intermediario acredita la recepción por la compañía.
- Ordena las entregas posteriores por fecha, con sus acuses y las solicitudes que las motivaron.
Qué pasa si la aseguradora pide información adicional
El artículo 69 permite pedir información relacionada con el siniestro para determinar cómo ocurrió y cuáles fueron sus consecuencias. Atiende el requerimiento y pide que la compañía precise por escrito qué falta y para qué lo necesita. Si ya lo entregaste, remite el acuse e identifica el documento, en lugar de dejar el requerimiento sin respuesta.
Una nueva solicitud no permite concluir, en todos los casos, que los 30 días vuelven a empezar. Hay que revisar si la información faltante era necesaria para conocer el fundamento del reclamo o si la aseguradora ya contaba con ella. Si pide lo mismo varias veces o mantiene el expediente «en revisión», conserva esa secuencia para evaluar el retraso.
Si el plazo venció y no hay pago
Pide una respuesta por escrito: qué decidió la aseguradora, qué cláusula invoca y qué documentación considera pendiente. Con el expediente y los acuses puedes presentar una reclamación ante su Unidad Especializada de Atención a Usuarios (UNE). El directorio oficial de CONDUSEF permite localizar sus datos.
También puedes acudir a CONDUSEF o valorar la demanda judicial. La conciliación busca un acuerdo; acudir a ella no es un requisito general para demandar. En una reclamación procedente, el artículo 276 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas prevé indemnización por mora cuando la aseguradora incumple sus plazos legales. La fecha de inicio y el cálculo deben revisarse con los documentos del caso, no solo con la fecha del accidente.
Una condena judicial tampoco acredita que el dinero ya se cobró. En el caso MetLife sobre un seguro de vida y ahorro, la sentencia ordenó pagar la cobertura, los fondos e intereses; su liquidación y ejecución eran pasos posteriores.
El plazo de pago y el plazo para demandar son distintos
Los 30 días del artículo 71 se refieren al vencimiento del crédito. El aviso del siniestro y la prescripción tienen reglas propias. Una llamada, una negociación o una promesa de respuesta no bastan para asumir que el plazo para demandar está protegido. Si llevas tiempo esperando, revisa los plazos y documentos para proceder contra una aseguradora antes de seguir posponiendo la reclamación.
En Punto Fino revisamos la póliza, lo que entregaste y la respuesta de la compañía para definir cómo reclamar. Puedes conocer el proceso para demandar a una aseguradora.