Una embarazada presentó un problema en su cuello uterino ya que estaba ligeramente abierto y requirió una intervención quirúrgica para cerrar el mismo, pues existía el riesgo de un aborto no provocado o un embarazo prematuro.
Así, por los gastos de dicha cirugía pidió el reembolso de sus gastos médicos, pero la aseguradora negó el pago al considerar que era un tratamiento preventivo y no correctivo, por lo que las Condiciones Generales del Seguro rechazaban ese tipo de cirugías.
Sin embargo, cabe mencionar que el carácter de preventivo no se da al impedir el aborto o el parto prematuro, sino que se subsana el daño al útero para lograr un embarazo normal y saludable, de ahí que la interpretación de la aseguradora fue incorrecta, pues las Condiciones Generales niegan el pago de cirugías que se realicen para evitar un daño, no de corregir un daño que provoque otro daño mayor y por eso la interpretación de las cláusulas y el derecho del asegurado, debe favorecer a este último por encima de los argumentos de la empresa.
iA Dana
Disponible para responder tus dudas legales ↓
Contacto
Estrategias a la medida de cada cliente pero, sobre todo, con una probabilidad del 100% de ser ganadoras.
Un miembro de nuestro equipo de expertos se comunicará contigo.
Avenida Patriotismo 229, Piso 8, Oficina 311, Colonia San Pedro de los Pinos, Alcaldía Benito Juárez